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Dictamen favorable para aumentar sanciones a conductores en estado de ebriedad

Escrito por el 21 — 09

Los diputados de la comisión de Legislación y Puntos Constitucionales acordaron aumentar el castigo para los conductores que sean detectados en estado de ebriedad en las calles del país.

El dictamen favorable reforma el artículo 147 E del Código Penal  y aumenta la sanciones a conductores  en estado de ebriedad  que ocasionen lesiones o muertes a terceras personas.

Con esta reforma las personas en estado de ebriedad que conduzcan vehículos livianos y pongan en riesgos la vida o integridad de las personas, serán sancionados de 4 a 6 años de cárcel, mientras que los conduzca vehículos de carga o de pasajeros, bajo los efectos del alcohol, serán sancionados con 5 a 8 años de prisión.

Con la actual legislatura, los responsables de los hechos anteriormente descritos pueden evitar ir a prisión a cambio de trabajo de utilidad, algo que ya no será posible con lo aprobado.

“El marco legal más estricto y eficiente permitirá que los conductores tomen conciencia y sean más responsables», valoró el viceministro de Transporte Saúl Castelar.

«No es una novedad de que somos uno de los países con las tasas más altas de conducción peligrosa (…) Apoyamos esta iniciativa de reforma para tener mayores sanciones en los casos de conducción peligrosa» mencionó el funcionario.


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